Adriana Bettinelli

San Isidro


"Estamos tratando de darle forma jurídica a la inquietud de un compañero, con respecto a la creciente ola de redarguciones de falsedad, que hacen los abogados contra los oficiales, que en un 98 por ciento son finalmente ganadas por los redarguídos. Son chicanas procesales conocidas, para que el principal suspenda plazos y siga con el incidente beneficiando a la parte que instó el incidente de redargución.

Tratamos que con este proyecto y en base a las facultades que tiene el juez, el artículo 36 del código procesal, cite a una audiencia previa a las partes y al oficial, cuya acta se encuentra atacada por falsedad, para que se puedan establecer las supuestas equivocaciones, si realmente el acta del oficial le ocasiona un daño irreparable a la parte que quiere instar la redargución de falsedad. Vivimos chicaneados, con los consiguientes problemas de trabajo, y en caso de que la sentencia salga en contra debemos responder con nuestros bienes. En cambio, si el juez se equivoca no hay problemas porque hay un tribunal de apelación.

Proponemos que la parte que insta una redargución de falsedad contra un oficial notificador o de justicia, deposite una caución real, y si se prueba temeridad y malicia del abogado que instó y estiró los plazos para beneficio de su cliente, se de curso de la sentencia de temeridad y el colegio donde está matriculado lo suspenda en el ejercicio profesional".

Cerrar esta ventana