Para acceder a estos beneficio infórmese a través de la delegación de Servicios Sociales de su Departamental.

ORDENES DE INTERNACION

Con el nuevo sistema que se implementó a partir del 18/2/91, la Dirección de Servicios Sociales de la A.J.B. reemplazó al IOMA en la emisión y autorización de órdenes de internación, sin costo para el afiliado.

Para esta gestión es indispensable, sin excepción, que los afiliados presenten su carnet del IOMA, último recibo de sueldo y Planilla de Internación. En caso de familiar a cargo, además de los documentos mencionados, el carnet de IOMA correspondiente al familiar al que se le efectuará la prestación.
Cabe aclarar que con la orden de internación no se debe abonar suma alguna, y por ningún concepto por gastos senatoriales. Sobre honorarios médicos se recomienda al afiliado asesorarse en dependencias de Servicios Sociales al momento de retirar la orden.

Asimismo se deja constancia que, a partir del l/2/91, se incluyó en el régimen de cobertura de gastos sanatoriales en internación los materiales descartables. Estas órdenes excluyen las internaciones por cirugía cardiovascular, partos, psiquiatría y hemodiálisis.

Para cirugía cardiovascular, partos, hemodiálisis la internación se autoriza en el IOMA dado a que corresponde a un sistema modular que ya tenía cobertura del 100% por parte del IOMA.

Psiquiatría: la orden para esta prestación se debe autorizar en IOMA y solicitar la orden del co-seguro de la A.J.B., puesto que este sistema cor responde a módulos con diferentes grados de cobertura.

En el mes de Noviembre de 1996, se denuncia el convenio IOMA- FEMEBA, por lo cual queda suspendido el Sistema de Bono-Canje que esta Asociación tenía con la Federación Médica de la Pcia. de Buenos Aires. Por lo tanto y al igual que se venía realizando en La Plata y las Departamentales del Gran Buenos Aires se establece el sistema de reintegro de $8.- para los bonos de prácticas médicas ambulatorias y de $60.- por internaciones, ambos valores referidos a honorarios médicos.

A los efectos del reintegro, se deberá remitir talón de recibo para el afiliado o en su defecto fotocopia del bono.


PRACTICAS AUXILIARES DE LA MEDICINA

La Dirección de Servicios Sociales, ante la desprotección total por parte del IOMA en este tipo de prestaciones, y asumiendo los mismos como obra principal, ha implementado a través de sus Delegaciones de Servicios Sociales Departamentales acuerdos por convenios con Prestadores o vía reintegro.

Las prácticas que tienen cobertura como auxiliares de la medicina son las correspondientes a:

Enfermería
Fonoaudiología
Instrumentación Quirúr-gica.
Kinesiología.

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A partir del l/5/94 la Dirección de Servicios Sociales da cobertura vía reintegro con fotocopia del bono de coseguro kine-siológico, según convenio firmado entre el IOMA y el Colegio de Kinesiólogos de la Provincia de Buenos Aires.
Asesórese en cada Delegación de Servicios Sociales, sobre la forma de acceder al beneficio.

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