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¿Qué es el Programa PEA?
El
Programa PEA (Prevención Extraordinaria Asistida) le ofrece
un método de entrenamiento para mejorar su salud. En el Programa
PEA, recibirá la metodología para corregir y eliminar
los fatores de riego de padecer enfermedades, en un lugar de ensueño:
el Parador de la Montaña, en el valle de Santa Rosa de Calamuchita,
Córdoba.
Los
agentes en estado de riesgo, pueden concurrir acompañados
por un familiar cercano con lo que se consigue un mejor desarrollo
programático.

Sin dudas que además de los factores de riesgo ya mencionados,
el estrés de cualquier origen, y aún más, el
que se genera debido a situaciones laborales estresógenas
(teniendo en cuenta que las dos terceras partes de la vida del ser
humano se desarrollan en su ámbito laboral), actúa
como concausa y resulta concurrente y agravante de los referidos,
en la génesis de afecciones incapacitantes y con peligro
de vida.
La presencia de varios Factores de Riesgo, potencian la probabilidad
de una afección grave (infarto cardíaco o accidente
vascular cerebral -Hemiplejía). Por lo que se considera en
mayor riesgo y necesidad de prevención mediante acciones
tendientes a revertir dichos factores, aquellas personas que presenten
dos, tres, cuatro o más factores de riesgo, máxime
si se comprueba que desarrollan sus tareas en ámbitos con
alto grado de estrés laboral, como lo demostrado por el investigador
de CONICET Enrique Segura y colaboradores cuando comparó
el estrés entre trabajadores de la Justicia Nacional y otro
grupo de choferes de micro (línea 60 de Capital Federal),
y comprobó un mayor índice de estrés entre
los trabajadores "de cuello blanco" judiciales-
en relación a los "trabajadores de cuello azul"
choferes de micros.

El alejamiento transitorio de las tareas habituales, y del medio
ambiente físico y psicosociolaboral favorecedores de las
afecciones o generadores de riesgo, además de un control
permanente y la promoción concientizante, basados en los
conocimientos previos elaborados y observados en otros medios laborales
(Ley 11544/89, Decreto 947/89, Ley 1043, Inciso VII- de Carrera
Médico Hospitalaria-"Licencia por estrés",
etc)., aportaron las bases de sustentación para la realización
de un PROGRAMA DE PREVENCIÓN EXTRAORDINARIA, único
en su género, en el ámbito de los trabajadores judiciales.
Por todo ello y en virtud del cumplimiento de las acciones de Prevención
en Salud claramente establecidas en la Acordada 2276/88 en su artículo
3, y en la respectiva Ley Nacional 19587/73- (actualmente referida
en la 24557/96) , los encargados de prevenir y resguardar la Salud
de los agentes del Poder Judicial, elaboraron un recurso inestimable
par su logro, desarrollando el programa PEA de Prevención
Extraordinaria Asistida, destinado a aquellos agentes que mediante
los exámenes periódicos o a través de los requerimientos
de licencias por Salud, demuestren "encontrase en riesgo inminente
o futuro" de afección física o psicoorgánica
motivados por desordenes psicosociales o laborales, que fueren adecuada
y científicamente seleccionados.- A ellos se les ofrecerán
los servicios médicos, psicológicos y sociales en
un período de alejamiento laboral -licencia extraordinaria-
en un sitio de rehabilitación adecuado, y completamente asistida
y controlada por los profesionales encargados del tema, y sustentados
en forma conjunta por el empleador (Poder Judicial- Suprema Corte
de Justicia), y por la Asociación Judicial Bonaerense como
colaborador permanente del resguardo del ser humano en su función
laboral y social.
Para tal fin, la Dirección de Sanidad de la S.C.J. sugirió
en el año 1995, se disponga de una partida del presupuesto
destinado a prestaciones sociales, para la cobertura de los gastos
emanados del Programa PEA, con lo que se estaría cumpliendo
con una INVERSIÓN para la Salud y Bienestar de sus trabajadores,
cuidando el Recurso Humano, y cumpliendo con las Leyes y Acordadas
respectivas.-
Se estimó que podría oficiar como ideal, un lugar
apartado, tranquilo y con las comodidades necesarias para el desarrollo
del Programa, estimándose apropiado en Hotel del "PARADOR
DE LA MONTAÑA" en Santa Rosa de Calamuchita- Córdoba,
ofrecido por la AJB.

Las consecuencias de la inacción sobre los Factores de Riesgo,
lleva a que los agentes sufran consecuencias de incapacidades transitorias
prolongadas (ausentismo laboral importante), o jubilaciones por
incapacidad permanente, o incapacidades parciales; y lo que es peor
aún, es la "incapacidad oculta o solapada", que
se manifiesta en los trabajadores mediante un menor rendimiento
laboral, o ausentismo transitorio repetido, o solicitud de cambios
de ámbito laboral, o enfermedades psíquicas entre
las que podemos destacar el síndrome de fatiga crónica,
la fibromialgia o el colon irritable, entre otras, que hacen que
se desprecie el recurso humano, que sin dudas es el más importante
y valioso de toda institución o empresa.
Desde un punto de vista econométrico, la prevención
en salud no resulta poco costosa, ya que se deben implementar medidas,
que obligan a la utilización de recursos económico-financieros,
y en especial de recursos humanos que incrementan los gastos y erogaciones.
Sin embargo, los recurso en Salud, no se consideran gastos, sino
inversiones, como fueron demostrados en trabajos científicos,
que en definitiva concluyen en ahorros importantes a las Instituciones
y a la población.
Pero no olvidemos que las estadísticas que demuestran determinadas
conclusiones, se transforman en el 100 % de ganancia, si se la considera
en forma individual, ya que la salud y la vida de una persona, es
el 100 % de beneficio para ella y sus seres queridos, en especial
si lo pensamos para nosotros mismos, por lo que habremos ganado
el 100 % de nuestra inversión vital.

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