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¿Qué es el Programa PEA?

El Programa PEA (Prevención Extraordinaria Asistida) le ofrece un método de entrenamiento para mejorar su salud. En el Programa PEA, recibirá la metodología para corregir y eliminar los fatores de riego de padecer enfermedades, en un lugar de ensueño: el Parador de la Montaña, en el valle de Santa Rosa de Calamuchita, Córdoba.

Los agentes en estado de riesgo, pueden concurrir acompañados por un familiar cercano con lo que se consigue un mejor desarrollo programático.


Sin dudas que además de los factores de riesgo ya mencionados, el estrés de cualquier origen, y aún más, el que se genera debido a situaciones laborales estresógenas (teniendo en cuenta que las dos terceras partes de la vida del ser humano se desarrollan en su ámbito laboral), actúa como concausa y resulta concurrente y agravante de los referidos, en la génesis de afecciones incapacitantes y con peligro de vida.
La presencia de varios Factores de Riesgo, potencian la probabilidad de una afección grave (infarto cardíaco o accidente vascular cerebral -Hemiplejía). Por lo que se considera en mayor riesgo y necesidad de prevención mediante acciones tendientes a revertir dichos factores, aquellas personas que presenten dos, tres, cuatro o más factores de riesgo, máxime si se comprueba que desarrollan sus tareas en ámbitos con alto grado de estrés laboral, como lo demostrado por el investigador de CONICET Enrique Segura y colaboradores cuando comparó el estrés entre trabajadores de la Justicia Nacional y otro grupo de choferes de micro (línea 60 de Capital Federal), y comprobó un mayor índice de estrés entre los trabajadores "de cuello blanco" –judiciales- en relación a los "trabajadores de cuello azul" – choferes de micros.

El alejamiento transitorio de las tareas habituales, y del medio ambiente físico y psicosociolaboral favorecedores de las afecciones o generadores de riesgo, además de un control permanente y la promoción concientizante, basados en los conocimientos previos elaborados y observados en otros medios laborales (Ley 11544/89, Decreto 947/89, Ley 1043, Inciso VII- de Carrera Médico Hospitalaria-"Licencia por estrés", etc)., aportaron las bases de sustentación para la realización de un PROGRAMA DE PREVENCIÓN EXTRAORDINARIA, único en su género, en el ámbito de los trabajadores judiciales.
Por todo ello y en virtud del cumplimiento de las acciones de Prevención en Salud claramente establecidas en la Acordada 2276/88 en su artículo 3, y en la respectiva Ley Nacional 19587/73- (actualmente referida en la 24557/96) , los encargados de prevenir y resguardar la Salud de los agentes del Poder Judicial, elaboraron un recurso inestimable par su logro, desarrollando el programa PEA de Prevención Extraordinaria Asistida, destinado a aquellos agentes que mediante los exámenes periódicos o a través de los requerimientos de licencias por Salud, demuestren "encontrase en riesgo inminente o futuro" de afección física o psicoorgánica motivados por desordenes psicosociales o laborales, que fueren adecuada y científicamente seleccionados.- A ellos se les ofrecerán los servicios médicos, psicológicos y sociales en un período de alejamiento laboral -licencia extraordinaria- en un sitio de rehabilitación adecuado, y completamente asistida y controlada por los profesionales encargados del tema, y sustentados en forma conjunta por el empleador (Poder Judicial- Suprema Corte de Justicia), y por la Asociación Judicial Bonaerense como colaborador permanente del resguardo del ser humano en su función laboral y social.
Para tal fin, la Dirección de Sanidad de la S.C.J. sugirió en el año 1995, se disponga de una partida del presupuesto destinado a prestaciones sociales, para la cobertura de los gastos emanados del Programa PEA, con lo que se estaría cumpliendo con una INVERSIÓN para la Salud y Bienestar de sus trabajadores, cuidando el Recurso Humano, y cumpliendo con las Leyes y Acordadas respectivas.-
Se estimó que podría oficiar como ideal, un lugar apartado, tranquilo y con las comodidades necesarias para el desarrollo del Programa, estimándose apropiado en Hotel del "PARADOR DE LA MONTAÑA" en Santa Rosa de Calamuchita- Córdoba, ofrecido por la AJB.

Las consecuencias de la inacción sobre los Factores de Riesgo, lleva a que los agentes sufran consecuencias de incapacidades transitorias prolongadas (ausentismo laboral importante), o jubilaciones por incapacidad permanente, o incapacidades parciales; y lo que es peor aún, es la "incapacidad oculta o solapada", que se manifiesta en los trabajadores mediante un menor rendimiento laboral, o ausentismo transitorio repetido, o solicitud de cambios de ámbito laboral, o enfermedades psíquicas entre las que podemos destacar el síndrome de fatiga crónica, la fibromialgia o el colon irritable, entre otras, que hacen que se desprecie el recurso humano, que sin dudas es el más importante y valioso de toda institución o empresa.
Desde un punto de vista econométrico, la prevención en salud no resulta poco costosa, ya que se deben implementar medidas, que obligan a la utilización de recursos económico-financieros, y en especial de recursos humanos que incrementan los gastos y erogaciones.
Sin embargo, los recurso en Salud, no se consideran gastos, sino inversiones, como fueron demostrados en trabajos científicos, que en definitiva concluyen en ahorros importantes a las Instituciones y a la población.
Pero no olvidemos que las estadísticas que demuestran determinadas conclusiones, se transforman en el 100 % de ganancia, si se la considera en forma individual, ya que la salud y la vida de una persona, es el 100 % de beneficio para ella y sus seres queridos, en especial si lo pensamos para nosotros mismos, por lo que habremos ganado el 100 % de nuestra inversión vital.

El equipo de salud que trabaja en el Programa PEA, cuenta con todo el predio del Parador de la Montaña y de la región para realizar el plan estipulado (caminatas, ejercicios, charlas, etc.) además de un sector de salud con consultorios médicos, equipos cardiológicos, de ergometría, electrocardiógrafos y equipos de fisioquinesioterapia.

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Con estos elementos, los trabajadores judiciales que se encuentren en riesgo de enfermedad sin distinción de categorías ni de niveles jerárquicos contarán con los mejores elementos en el centro de rehabilitación, con el respaldo de una entidad oficial y seria, que puede controlar el cumplimiento de los respectivos programas.

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La detección precoz de un trabajador en riesgo inminente de afección cardiovascular o psicosocial, obliga a concientizar o adoctrinar al mismo sobre posibles consecuencias de tales riesgos, y los métodos más convenientes para detenerlos o revertirlos, en especial si tenemos en cuenta que muchos de ellos surgen de hábitos tóxicos Tabaco, alcohol, medicamentos, drogas o mala alimentació. falta o insuficiente actividad física, posturas o traumatismos repetidos, o de influencias laborales o de personalidad –neurosis laboral, baja tolerancia a las frustraciones, personalidad tipo "A", actitudes adictivas-compulsivas por el trabajo-. Todo ello hace que se deban tomar las medidas correctivas a tiempo, aconsejando y enseñando los cambios de hábitos de vida, mediante regímenes higiénico-dietéticos eficientes, y entrenamientos en salud.